¿Ha recibido en su domicilio, una comunicación, carta o aviso judicial dirigido a una persona desconocida por usted, pero que en el documento se indica que esa persona habita en su casa? Si esto le ha sucedido, lo mejor será que se trate de un lamentable error, ya sea del remitente o tipográfico, ya que de no ser así, podría ser más peligroso de lo que pensamos, si comprobamos que alguna persona desconocida está utilizando ilegalmente nuestra dirección domiciliaria para la comisión de actos ilícitos (falsear información personal, fraude, beneficio, etc.) y librarse astutamente de cualquier acción legal y/o judicial (medidas cautelares, embargos, etc.) dirigidas contra su persona.
Veamos primeramente, que significa nuestra dirección domiciliaria.
El artículo 33° del Código Civil peruano, señala que el domicilio se constituye por la “residencia habitual” de la persona en un lugar. Esta residencia habitual, es un factor de hecho que consiste en que lo usual para la persona y su familia, es el de tener sus actividades de vida cotidiana en un determinado lugar preferentemente que en otros.
Lo usual es que cada persona tenga una sola residencia. Puede frecuentar varios lugares en su vida cotidiana, pero siempre estará referido principal y habitualmente a uno de ellos, que es donde realmente reside, sólo o en compañía de su familia. Esta habitualidad será un motivo determinante para establecer su residencia y en principio también su domicilio para efectos civiles.
Por ello la residencia es el lugar donde la persona vive, sólo o con su familia, normalmente de modo estable y habitual, constituyéndose su domicilio como tal, por determinación de la ley y atendiendo a su residencia.
De otro lado, mediante la dación de la Ley No. 30338 publicada el 27 de agosto de 2015, queda expresamente establecido que en el DNI (documento público, personal e intransferible. Constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado) debe figurar “la dirección domiciliaria que corresponde a la residencia habitual del titular”, dejando señalado que la omisión al cumplimiento de esta ley, es susceptible de sanción.
Habiendo quedado plenamente establecido que nuestra dirección domiciliaria está constituida por el lugar de nuestra residencia habitual, la información que debe obrar en nuestro DNI debe reflejar la veracidad de la información proporcionada a RENIEC, caso contrario, aquella persona que utiliza nuestra dirección domiciliaria sin nuestro consentimiento y proporcionando información falsa a la RENIEC, estaría cometiendo delito contra la fe pública (falsedad genérica), que se configura mediante la simulación, suposición o alteración de la verdad de forma intencional con perjuicio de terceros, maquillando o haciendo parecer un hecho como cierto imitando o fingiendo algo que no es.
Que hacer frente a esta situación.
De acuerdo con lo señalado por la propia RENIEC, el procedimiento administrativo a seguir se denomina IMPUGNACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS NATURALES, el mismo que es gratuito, demora un máximo de 30 días hábiles, tiene como objetivo la cancelación de la inscripción fraudulenta por causal fundamentada y se presenta ante una Agencia RENIEC.
Los requisitos son los siguientes:
1.- Escrito fundamentado dirigido a la Sub Gerencia de Investigación y Depuración, adjuntando en original y copia los medios probatorios, suscrito por el impugnante en el que se consignará con carácter de Declaración Jurada lo siguiente:
a) Nombre del ciudadano o número del DNI, cuya inscripción se impugna.
b) Datos personales, domicilio procesal y firma del impugnante.
c) Motivo claro y preciso de la impugnación.
2.- Original del Certificado Domiciliario (No Declaración Jurada) con una antigüedad no mayor de dos meses, expedido por el Gobierno Local, Notario Público o Juez de Paz (la policía ya no emite Certificado Domiciliario).
3.- Exhibir el DNI original del impugnante y adjuntar copia simple; en caso de extranjeros presentar original y copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte.
La impugnación se resolverá previa notificación al titular de la inscripción que se pretende impugnar y la notificación se realizará al domicilio consignado en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales.
Mas adelante, correspondería a la propia RENIEC (quien debe actuar de oficio) formalizar una denuncia penal contra el ciudadano que utilizó nuestra dirección, por la comisión del delito antes mencionado, sin perjuicio de la inmediata anulación del DNI con la dirección ilegítima.
Finalmente, si hemos sido víctimas de la utilización ilegal de nuestra dirección domiciliaria en un DNI por medio de una persona desconocida, debemos actuar de manera inmediata y de acuerdo al procedimiento previamente descrito ante la RENIEC, evitando de esta forma, inconvenientes posteriores derivados del uso ilegal de una información simulada, promoviendo la cancelación de la inscripción fraudulenta y exigiendo la aplicación de una sanción legal para aquella persona que cometió el acto ilícito en perjuicio nuestro.
Desde el 2017, una familia a quien alquilé viene utilizando la dirección, pese a que ya no vive ahí.
También otros parientes y distintas personas,
recibiendo notificaciones de acreedores, de Juzgados, etc.
Hice el trámite en RENIEC, pero sí resulta costoso la publicación, s/. 177 por cada una en EL Peruano y además en otro diario.
Estoy evaluando el hacer la denuncia por Falsedad genérica o falsedad ideológica de frente en el Ministerio Público.
Qué me aconseja? Son como 9 personas.
Y eventualmente puede ser ese dato simulado utilizado para otras cosas.
El artículo publicado está referido estrictamente al uso ilegal de su dirección domiciliaria en un Documento Nacional de Identidad (DNI) y el procedimiento administrativo ante el RENIEC.
Analizando su comentario, es de notar que el mismo se encuentra referido a la evaluación de posibles acciones penales ante el Ministerio Público, especialidad que no forma parte de las áreas de práctica descritas en esta página web. En virtud a lo antes indicado y agradeciéndole su comunicación, no es posible completar su comentario.
Buenas tardes tenemos un problema en casa siempre llegan notificaciones judiciales dirigido a Luis Enrique castro Cervantes y me he cansado de decir que este sujeto no vive en mi casa pero me siguen llegando las citaciones a mi domicilio.lo misma La sra. Jesica Cervantes y Sonia Elizabeth Mogollón ningunos viven en mi domicilio
Si es víctima de la utilización ilegal de su dirección domiciliaria en un DNI por medio de una persona desconocida, debe actuar de manera inmediata ante el RENIEC y de acuerdo al procedimiento señalado en este artículo. De esta forma, evitará inconvenientes y dolores de cabeza posteriores derivados del uso ilegal de una información simulada, ya sea de carácter administrativo o judicial.
Buenas noches Doctor, uno de los requisitos para la Impugnación de Domicilio es adjuntar una Constancia de Domicilio expedida por Notario Público, sin embargo, cuando se trata de un inmueble (terreno) donde no hay construcción alguna (ni servicios), los Notarios no expiden el documento bajo el argumento del concepto mismo de “domicilio”, ante esto recomiendan solo legalizar una declaración jurada.
Es posible hacer el trámite de impugnación domiciliaria con una declaración jurada, RENIEC lo podría aceptar?
De antemano muchas gracias.
Conforme a lo señalado por el RENIEC de acuerdo a la Ley No. 26497 (Ley Orgánica del RENIEC – artículo 2º) y Ley No. 28862 – artículo 3º, dentro de los requisitos para iniciar el procedimiento administrativo de Impugnación de Inscripción en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, se solicita en original, el Certificado Domiciliario (expresamente indica: NO DECLARACIÓN JURADA) con una antigüedad no mayor de dos meses, expedido por el Gobierno Local, Notario Público o Juez de Paz.
De otro lado, un terreno en donde no existe construcción alguna, ni servicios básicos elementales, no puede ser identificado como dirección domiciliaria, dado que conforme lo señala expresamente el artículo 33° del Código Civil peruano, el domicilio se constituye por la “residencia habitual” de la persona en un lugar, de esta manera, la residencia habitual es el lugar donde la persona vive, sólo o con su familia, normalmente de modo estable y habitual, constituyéndose su domicilio como tal, por determinación de la ley y atendiendo a su residencia.
De requerir asesoría especializada sobre el particular y/o la asistencia legal para encontrar soluciones respecto a inconvenientes presentados, solicite una cita a la dirección de correo indicada donde se le proporcionará los detalles de la misma.
Doctor: a 2 personas viculadas a una empresa le vendi mis acciones y renuncie a mi representacion legal, que estaba con la direccion de mi casa en 09/19, ahora me han llegado avisos de cobranzas de los bancos por letras que yo no he firmado y con mi direccion, con el temor de que me hayan falsificado mi firma, que debo hacer
El artículo publicado está referido estrictamente al uso ilegal de su dirección domiciliaria en un Documento Nacional de Identidad (DNI).
Su comentario está referido a un contenido de naturaleza societario y falsificación de documentos. De requerir asesoría especializada sobre el particular para las posibles acciones legales a tomar, comuníquese a los números indicados en la página, para coordinar la realización de una reunión/consulta a distancia por medio virtual, telefónico o vídeo conferencia.
Buenas noches estuve casada 10 años con mi pareja lo cual el decidió hacer otra familia con una persona extranjera hace más de 7 meses y el sigue usando mi dirección y sigue sacando préstamo de otros bancos como puedo hacer yo la denuncia o la impugnació. Gracias
El RENIEC señala que el procedimiento administrativo a seguir se denomina IMPUGNACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS NATURALES, el mismo que es gratuito, demora un máximo de 30 días hábiles, tiene como objetivo la cancelación de la inscripción fraudulenta por causal fundamentada y se solicita ante una Agencia RENIEC.
Un requisito principal es fundamentar con carácter de declaración jurada, el motivo de lo peticionado en el formato de solicitud dirigido a la Sub Gerencia de Investigación y Depuración de RENIEC, debidamente suscrito por el impugnante y adjuntando en original y copia los medios probatorios.
Al ser perjudicada por los motivos expuestos debido a la utilización ilegal de su dirección domiciliaria en un DNI, debe actuar de manera inmediata y de acuerdo al procedimiento previamente descrito ante la RENIEC, evitando de esta forma mayores inconvenientes posteriores derivados del uso ilegal de una información simulada y cancelando la inscripción fraudulenta.
Buenas noches
Yo vivo en Lima – Carabayllo
Al grano: Una vecina Subarrendó una casa a otro inquilino con direccion V22 y en su documento hecho a mano colocó B22 (Mi dirección) la vecina es profesora y el estafado inquilino se dió cuenta de la dirección, la vecina recibió dinero del estafado.
Donde presentó la denuncia?
Tiene algún tipo de costo
Cuanto demorará el proceso?
Que papeles presentó?
El proceso es judicial?
EN Que me beneficia todo esto?
Agradezco por su gentil respuesta
El artículo publicado está referido puntualmente al uso ilegal de su dirección domiciliaria en un Documento Nacional de Identidad (DNI).
De requerir asesoría especializada sobre el particular y/o la asistencia legal para las consultas y/o acciones correspondientes, comuníquese a los números indicados en la página para coordinar los detalles del servicio legal requerido.
Mi madre fallecida ya dio la dirección de nuestra casa a una empleada del hogar. Llego ayer una multa coactiva del JNE por multas impagas por no votar en tres fechas. No quisiésemos hacerle daño a esta señorita que nos apoyó hace años. Pregunta: ¿Impugnar el domicilio de esta señorita le podría traer algún perjuicio para ella? Y quisiésemos que ya no le llegue más notificaciones a nuestra casa. Gracias por su respuesta.
La impugnación de inscripción en el Registro Único de Identificación de las personas naturales es un procedimiento administrativo, gratuito y que demora un máximo de 30 días hábiles y tiene como objetivo la cancelación de la inscripción fraudulenta por causal fundamentada. Luego de la anulación de esta inscripción es facultativo al RENIEC formalizar o no una denuncia penal por la comisión del delito descrito en el artículo. No obstante, y dado que la infractora está en una situación irregular debido a un favor circunstancial, es oportuno comunicarle que actualice su información personal en el RENIEC y evite ser objeto de esta sanción. En relación a las notificaciones, dependerá del resultado del procedimiento administrativo tramitado ante el RENIEC para que éste deje de enviarlas al domicilio incorrecto.
Buenas tardes. He estado recibiendo notificaciones y otros documentos a nombre de una persona que jamás ha vivido en esta casa pero en su DNI ha colocado como dirección la dirección de mi domicilio actual. La casa es de mis papás quienes se encuentran fallecidos. Cómo podría proceder en este caso? Siempre hemos vivido acá toda la familia con mi mamá, y ahora que ella está fallecida, cómo se puede hacer una impugnación domiciliaria ante la RENIEC? Muchas gracias
De acuerdo con lo señalado por la propia RENIEC, el procedimiento administrativo a seguir se denomina IMPUGNACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS NATURALES, el mismo que es gratuito, demora un máximo de 30 días hábiles, tiene como objetivo la cancelación de la inscripción fraudulenta por causal fundamentada y se presenta ante una Agencia RENIEC.
Los requisitos son los siguientes:
1) Escrito fundamentado mediante formato de solicitud dirigido a la Sub Gerencia de Investigación y Depuración de RENIEC adjuntando en original y copia los medios probatorios, suscrito por el impugnante en el que se consignará con carácter de Declaración Jurada lo siguiente:
a) Nombre del ciudadano o número del DNI, cuya inscripción se impugna.
b) Datos personales, domicilio procesal y firma o impresión digital, según corresponda, del impugnante.
c) Motivo claro y preciso de la impugnación.
2) Constatación Domiciliaria/Certificado Domiciliario expedido por un notario.
3) Exhibir el DNI del impugnante y adjuntar copia (en caso de extranjeros exhibir el Carné de Extranjería o presentar copia simple del Pasaporte o Cédula de Identidad).
La impugnación se resolverá previa notificación al titular de la inscripción que se pretende impugnar.
De admitirse la solicitud, deberá cumplir con la publicación en el diario Oficial El Peruano y en otro de mayor circulación, por una sola vez según Anexo No.26 que se señala a continuación:
http://sisweb.reniec.gob.pe/TupaReniec/html/anexo/anexo26.html
Si ha sido víctima de la utilización ilegal de su dirección domiciliaria en un DNI por medio de una persona desconocida, debe actuar de manera inmediata y de acuerdo al procedimiento previamente descrito ante la RENIEC, evitando de esta forma inconvenientes posteriores derivados del uso ilegal de una información simulada, cancelando la inscripción fraudulenta y buscando la aplicación de una sanción legal para aquella persona que cometió el acto ilícito en su perjuicio.
BUENAS NOCHES,
LE BRINDE MI DIRECCION UNA TERCERA PERSONA PARA QUE PUEDA CAMBIAR SU DOMICILIO, PERO MI CASA LA VENDÍ, EL NUEVO PROPIETARIO DEL DOMICILIO DE MI EX-CASA
¿ QUE TENDRIA QUE HACER EL NUEVO PROPIETARIO , PARA ANULAR A ESTA TERCERA PERSONA, CON LA DIRECCION DE SU NUEVA CASA ADQUIRIDA ?
GRACIAS
El nuevo propietario podrá a su elección iniciar un procedimiento administrativo de impugnación de inscripción en el registro único de identificación de las personas naturales ante el RENIEC, a efectos de conseguir la cancelación de la inscripción fraudulenta por causal fundamentada.
Los requisitos son los siguientes:
1. Escrito fundamentado dirigido a la Sub Gerencia de Depuración de Identificación, adjuntando en original y copia los medios probatorios, suscrito por el impugnante en el que se consignará con carácter de Declaración Jurada lo siguiente:
a) Nombre del ciudadano o número del DNI, cuya inscripción se impugna.
b) Datos personales, domicilio procesal y firma del impugnante.
c) Motivo claro y preciso de la impugnación.
2. Original del Certificado Domiciliario (No Declaración Jurada) con una antigüedad no mayor de dos meses, expedido por el Gobierno Local, Notario Público o Juez de Paz.
3. Exhibir el DNI original del impugnante y adjuntar copia; en caso de extranjeros presentar original y copia simple del Carné de Extranjería o Pasaporte.
No obstante y dado que el infractor está en una situación irregular debido a un favor circunstancial, será oportuno comunicarle que existe un nuevo propietario de esa dirección domiciliaria, con el propósito que actualice su información personal en el RENIEC y evite ser objeto de sanción conforme lo señala la Ley No. 30338.
Si una persona Denuncia a una direccion falsa con LA finalidad que no responda LA parte y ademas de que exista pruebas de que el demandante conoce LA direction correcta. Procede?
Conforme a lo descrito en su comunicación, esta circunstancia obedece a una situación que corresponde a una denuncia/demanda y procedimiento judicial. En estos casos, lo primero que debe hacer es proceder a devolver al juzgado remitente la notificación, mediante un escrito y haciendo constar que la dirección no corresponde al destinatario. De ser posible, obtener y adjuntar al escrito una constancia del RENIEC en la que señale que la dirección consignada corresponde a persona distinta a la notificada.
todo lo escrito es cierto, pero hay varios vacíos legales que la reniec no ve ejemplo cada vez que se hace una renovacion del DNI deberian pedir recibos de agua o luz fin confirmar si la persona sigue con la misma direccion de eta manera se evitaria el tramite de impugnar domicilios, la reniec emite resoluciones de cancelación de la inscripción del DNI pero para la policia esta resolucion no tiene ningun valor ,ya que ellos verifican los registros y la dirección es la misma, por ultimo si la reniec emite una resolucion de cancelacion de la incripcion (DNI) debería en automático borrar la dirección del dni para no perjudicar a terceros
Muy buena contribución. En efecto, existen inconcebibles vacíos en el RENIEC que atentan contra los derechos de los ciudadanos que actúan de manera correcta.