ADOPCIÓN DE MENORES DE EDAD VÍA JUDICIAL POR EXCEPCIÓN

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La Adopción de menores de edad por la vía judicial por excepción, se encuentra definida como una medida de protección al Niño y Adolescente contemplado en nuestro ordenamiento legal vigente. Es dictado por un Juez bajo la estricta vigilancia del Estado y se realiza mediante un procedimiento judicial llevado a cabo ante el Juzgado Especializado de Familia cuando hay un vínculo entre el menor adoptado y solicitante adoptante. Aquí, el menor adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante.

Se tramita bajo las normas establecidas en el Código de los Niños y Adolescentes del Perú – Ley No. 27337, ante el Juzgado Especializado de Familia y mediante un proceso judicial denominado Proceso Único. En este proceso judicial no es necesaria la declaración judicial previa de abandono de un niño o adolescente, siempre que se encuentre dentro de los casos siguientes:

El que posea vínculo matrimonial con el padre o madre del niño o el adolescente por adoptar. En este caso el niño o adolescente mantienen los vínculos de filiación con el padre o madre biológicos.

El que posea vínculo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el niño o adolescente pasible de adopción

Requisitos:

  • Demanda firmada por el o los solicitantes y abogado
  • Copia simple del DNI del o de los solicitantes
  • Original o Copia Certificada del Acta de Matrimonio, de ser casados
  • Asentimiento de uno de los cónyuges en caso lo solicitara sólo uno de ellos
  • Original o Copia Certificada del Acta de Nacimiento del adoptado
  • Pruebas (documentales o testimoniales) que sirvan para acreditar la solvencia moral del o de los solicitantes
  • Certificado Médico de Salud Mental y Física del o los adoptantes otorgado por un Hospital Nacional
  • Certificado de Antecedentes Penales, Judiciales y Policiales del o de los adoptantes
  • Certificado de Estudios u otros documentos que acrediten que el o los adoptantes velan por el bienestar del menor
  • Fotografías que acrediten vivencias familiares con el adoptado
  • Que la edad del o de los adoptantes sea por lo menos igual a la suma de la mayoría de edad y la del hijo por adoptar (Ej., considerando que la mayoría de edad en el Perú se adquiere a los 18 años y se desea adoptar un menor de 3 años, en consecuencia el adoptante debe tener como mínimo 21 años (18 + 3 = 21)
  • El adoptado debe prestar su asentimiento si es mayor de diez años
  • Asentimiento de los padres del adoptado, si estuviese el menor bajo su patria potestad
  • Si el adoptado es incapaz, debe oírse al Tutor o Curador (si los hubiere a falta de padres)
  • Si el o los adoptantes son extranjeros, deben ratificar personalmente ante el juez, su voluntad de adoptar
  • Tasa judicial por ofrecimiento de pruebas (abonar en el Banco de la Nación)
  • Cédulas de notificación (abonar en el Banco de la Nación)

Procedimiento (Cuando el peticionario sea familiar o haya prohijado al niño o adolescente):

  • Presentación de la demanda
  • Contestación de la demanda (padre o madre biológico)
  • Audiencia Única
  • Informe social y evaluación psicológica a cargo del Equipo Técnico
  • Dictamen del Fiscal de Familia
  • Sentencia

En caso que los padres biológicos o familiares no se contesten la demanda, se harán publicaciones por edictos y se procederá al nombramiento del curador, quién deberá contestar la demanda.

28 Comments to “ ADOPCIÓN DE MENORES DE EDAD VÍA JUDICIAL POR EXCEPCIÓN”

  1. Eli dice:Responder

    Tengo una amiga que tiene una beba de casi 2 meses y la desea dar en adopción. Yo la quiero adoptar como puedo hacer?

  2. Maria dice:Responder

    Buenas noches, mi esposo desea adoptar a mi hija que tiene 10 años, tenemos un pequeño de 3 años y él se hace cargo desde que mi hija tiene 5 años, por lo que mi pregunta es puede adoptarla sin tener el consentimiento el progenitor (“padre biológico”) cabe resaltar que mi hija no conoce al señor porque nunca ha estado presente en su vida ni ha pasado pensión, pero en una ocasión le mencioné la intención que mi esposo quería adoptar a mi hija y dijo que eso no lo permitiría, por lo que quería saber si ¿es posible que pueda adoptar mi esposo a mi hija si se negara este señor a pesar de no tener las condiciones económicas, morales ni físicas? ¿Puede llegar a ser un impedimento? Gracias.

  3. Natalia cumpa dice:Responder

    Buenas tardes. Mi nombre es Natalia, quisiera hacerles una consulta. Mi caso es el siguiente: tengo mi ex cuñada hermana de mi ex esposo que quiere llevarse a mi hijo que tiene 15 años a España él quiere irse para estudiar allá. Que tramite puedo hacer porque solo se iría un hijo porque el otro es muy pequeño y necesita de mis cuidados. Pero me indica ella que tengo que darle una tenencia para que pueda llevarlo o adoptarlo, pero yo no quiero. La adopción alguien me puede ayudar. A dónde puedo acudir para que pueda viajar mi hijo gracias.

  4. vanessa ueda dice:Responder

    Gracias por este post.
    Mi pregunta es la sgte. Soy peruana y el padre biológico de mi primera hija también.Mi hija va a cumplir 14 años en octubre y mi esposo actual tiene 33 años cumplidos en junio.Mi actual esposo es de nacionalidad japones y juntos tenemos un niño de 3 años. El padre biológico de mi hija no se hace cargo de ella desde que ella tiene 5 años y mi actual esposo asumió la figura paterna de mi hija desde que ella tiene 6 años. Actualmente vivimos todos en Japón(mis 2 hijos y mi actual esposo) . Tenemos casados casi aproximadamente 5 años pero convivimos juntos desde que mi hija tiene 6 años,osea el vínculo paterno-afectivo con mi hija es de casi 8 años. Cómo se debe proceder en este caso donde la madre biológica y su actual esposo( adoptante )residen en Japón y el padre biológico esta en Perú.
    A donde tengo que recurrir aquí en Japón en este caso?o la ley establece que el trámite sea efectuado en el país de origen del menor?
    También creo que seria bueno explicar que antes del divorcio de mi primer matrimonio,estando yo en Japón junto a mi hija y mi ex esposo en Perù,accedimos a divorciarnos de mutuo acuerdo y el me cedió la tenencia de mi hija bajo un régimén de visitas que por la distancia nunca se concretó(nos divorciamos con la modalidad del divorcio rápido vía abogados por internet)y prometió ante un juzgado de paz pasarle una pensión de 150 soles mensuales a nuestra hija,lo cual cumplio intermitentemente durante un par de años y luego se desligó por completo hasta la fecha.
    Mi esposo actual no puede registrar a mi hija en su seguro de salud como dependiente porque ante la ley japonesa ella no es hija biológica ó adoptada y es triste ver que su hermano menor tenga todos los beneficios y ella no pueda acceder a lo que con tanto amor y esfuerzo nos a costado conseguir como familia.
    De antemano les agradezco su tiempo.

  5. Ronnie dice:Responder

    Buenas tardes:

    A momento de unirme con mi esposa, ella tenía una niña de cuatro años por la cual desde ese momento asumí toda la responsabilidad que la paternidad representa, ahora deseo junto con el consentimiento de mi esposa adoptarla para que posea todos los beneficios que ante le lay le corresponderían al ser mi hija legalmente.

    El padre biológico nunca se hizo responsable de nada, pero mi consulta es la siguiente: ¿Es necesario su consentimiento para proceder con el tramite de adopción?

  6. Karen Zapata Dioses dice:Responder

    Buenas noches; muy interesantes todos los aportes respecto al proceso de adopciòn de menores de edad por excepción; es necesario demostrar judicialmente que el padre biologico no cumple con la manutenciòn de su hijo? ya que mi esposo se esta haciendo cargo de la niña desde hace cuatro años; pero nunca he demandado al padre biologico ya que siempre se negaba a cumplir con su deber de padre; hasta en ocasiones me dijo que preferia que la niña lleve el apellido de mi actual pareja, todo con el proposito de no pasarle dinero

  7. Erlis dice:Responder

    Buenas una consulta una amiga dio a luz su bebé hace 1 mes y desea darme en adopción. Puedo yo optar por adopción de excepción? Obviamente no puedo cumplir uno de los requisitos que es convivir 2 años con el menor ya que solo tiene 1 mes de nacida.

  8. Cinthia dice:Responder

    Cuanto tiempo en promedio, toma una adopción por excepción?
    Cumplimos con todos los requisitos para comenzar el tramite y debido a que no radico en el Pais, tengo que planear el tiempo de mi estadía.
    Muchas gracias

  9. La Rose dice:Responder

    Una mama gestante ha tomado decisión de dar en adopción a su bebe durante el parto o antes del parto. Una mujer que es infertil sin parentesco con los padres tiene el interés de adoptarlo y cubrir con todas las obligaciones y responsabilidades de ser madre. El padre del bebe es ausente. Esta adopción procede legalmente? En este caso la adopción por excepción procede sin complicaciones? La madre gestante tiene empata y confianza que todo estará bien con la madre adoptiva.
    Dr. Gracias por la respuesta.

  10. CESAR dice:Responder

    Para la adopción judicial de menor de edad, se requiere entre otros requisitos, el certificado medico de salud mental y físico. ESTOS CERTIFICADOS, PARA QUE TENGAN VALIDEZ tiene que ser emitido por un Hospital nacional?. Existen centros de salud mental, me dijeron q emiten certificados de salud mental pero que no tenían valor legal, ni mucho menos para un juicio. Desde el punto de vista de la prueba, cual certificado seria evaluado con validez por el Juez de Familia?

  11. ANGELICA dice:Responder

    una consulta, yo deceo hacer la demanda por adopcion por ecepcion ya que soy casada y mi menor hijo tiene un padre biologico irresponsable que tiene un jucio por alimentos que no ha cumplido hasta la fecha y mi esposo quien lo cria con mi persona nos hacemos responsables de mi hijo por lo cual asumimos la responsabilidad pero aun es un menos de 9 años y estoy casi segura de que el padre biologico no quedra aceptar que le quiten la paternidad del niño solo por generar malestar.
    seria necesario que yo demuestre su irresponsabilidad como padre biologico para que asi mi esposo pueda adoptar a mi hijo?? o quizas tenga que hacer un proceso primero de negarle la paternidad? sinceramente no se bien como tendria que hacer para comensar este proceso. espero que me puedan ayudar.

  12. jhamilet dice:Responder

    según este caso: “El que ha prohijado o convivido con el niño o el adolescente por adoptar, durante un período no menor de dos años”… ¿este caso es para personas que no tienen ninguna relación de sanguínea ni afinidad?

  13. Karim medina dice:Responder

    Cómo demuestro que el niño lleva conviviendo mas de dos años con los padres quw desean adoptarlo?? Hay algun documento que se debe obtener ? Si ea asi adonde debo acudir?

  14. alexander dice:Responder

    en cuando al requisito de la edad, si se demuestra que ya se forma una familia existen otros hijos y se quiere adoptar al primer hijo de la pareja pero no se cumple con el requisito de la edad ¿habría alguna forma de que se exceptué este requisito?

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